Bases Legales de Participación

  1. Empresa Organizadora

La acción promocional están promovida por STM MANTENIMIENTO S.L. con CIF B60793551 y en adelante “STM”, domiciliada en la calle Mercurio 34-36,08940 de Cornella de Llobregat.

  1. Ámbito De Aplicación

La promoción tiene como alcance las Provincias y/o Zonas Geográficas en las que STM ofrece cobertura de servicio directa: Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cáceres, Badajoz, Mallorca, Valencia, Castellón, Alicante, Murcia, Sevilla, Huelva, Cádiz, Córdoba Jaén, Barcelona, Tarragona y Girona. La fecha de inicio vendrá determinada por la publicación del sorteo en cualquiera de las redes sociales y la inscripción se cerrará 2 horas antes del inicio del mismo.

  1. Participación

La simple participación implica la aceptación de las presentes Bases, por lo que la manifestación en el sentido de no aceptación de la totalidad o parte de las mismas implicará la exclusión del participante y como consecuencia de ello, STM quedará liberado del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante. Toda persona que no esté de acuerdo con estas Bases deberá comunicar su renuncia en caso de resultar agraciada en la acción promocional. Para poder participar en las diferentes acciones promocionales promovidas por STM se exige ser una empresa del sector de las artes gráficas y/o autónomos constituidos legalmente. Sólo se admitirá una participación por empresa y/o nombre comercial y CIF/NIF.

  1. Ganadores

El único ganador del sorteo se extraerá por un sistema de selección aleatoria entre todos aquellos que hayan participado conforme a las reglas establecidas y dicho cumplimiento deberá ser ratificado por STM. El ganador será informado por teléfono, por correo electrónico o por la publicación de su nombre en las Redes Sociales o web de STM. Si el ganador renuncia al premio o no ha cumplido con los requisitos de las presentes bases, STM podrá decidir si lo vuelve a sortear o lo declara desierto. En caso de que el ganador pertenezca a una zona u área geográfica fuera de la competencia directa de STM el premio quedará desierto. El ganador acepta que su nombre o dato de identificación en la acción y, en su caso, su imagen, sea publicados en los medios que STM estime oportunos, a fin de dar publicidad a la identidad del ganador y a la entrega del premio. El ganador deberá aceptar formalmente el premio que le corresponda en un plazo máximo de 3 días naturales desde la comunicación del premio. En caso de no aceptar el premio o de que el ganador no pueda ser localizado, el premio quedará desierto.

  1. Suspensión de la acción promocional.

En caso de fuerza mayor u otras causas de relevancia, a juicio del organizador, la acción promocional podrá suspenderse, o bien prorrogarse, de lo que se dará cuenta en la página web de STM y en cualquier otro foro o medio que STM estime conveniente.

 

  1. Premios

El premio, que no podrá canjearse por dinero ni traspasarse a un tercero bajo ningún concepto o modalidad, consiste en la cesión durante 1 año de una Prensa Digital Develop Ineo+3070L con la siguiente configuración: Equipo, controlador Develop; Bandeja Bypass, LU-202XL, tapa de originales y Bandeja apiladora. El ganador deberá tener un seguro que incluya cualquier contingencia que pueda ocurrir al activo cedido y sólo estará obligado a pagar a STM, en concepto de servicio y entrega de tóner y consumibles,  las impresiones realizadas mensualmente, a razón de 0,040€+IVA el paso único en Color y a 0,009€ + IVA el paso único en B/N (en ambos casos hasta SRA3). El  equipo puede ser nuevo y/o procedente de nuestras SHOW ROOM. Las imágenes publicadas en las diferentes acciones promocionales pueden no corresponderse con el aspecto real del producto.

  1. Aceptación Bases y Responsabilidad

La participación en cada una de las acciones promocionales llevadas a cabo por STM conlleva la aceptación íntegra de estas bases generales y las condiciones particulares que, en su caso, se establezcan en cada promoción. STM se reserva el derecho de anular la promoción por razones justificadas, así como modificar estas bases o las de la acción promocional en cualquier momento o dejar el premio desierto. Si esto ocurriera será debidamente puesto en conocimiento de los participantes en el mismo canal en el que se haya llevado a cabo la acción, con una explicación motivada de la decisión. De la misma forma, STM se reserva el derecho de excluir a aquellos participantes que vulneren las normas establecidas en las bases o cuyo comportamiento afecte al normal desarrollo de la acción promocional. Así como a descalificar a aquellos que actúen de forma abusiva o fraudulenta. STM queda eximido de responsabilidad en el caso de que no pueda localizar al ganador por causas no imputables a la empresa. También el ganador exime a STM de la responsabilidad de cualquier perjuicio que pudiera derivarse del uso del premio otorgado. Cualquier incidencia que pueda surgir y no esté contemplada en estas bases será resuelta por STM conforme a su mejor criterio.

  1. Datos Personales

De conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), y como consecuencia de la navegación y/o la cumplimentación de cualquiera de los formularios de la web www.grupostm.com  el usuario declara aceptar las condiciones de dicha web y su política de privacidad. STM informa asimismo al usuario que los datos personales por él facilitados o que se faciliten en el futuro a través de dichos servicios, sean objeto de tratamiento por parte de STM MANTENIMIENTO, S.L. en su condición de Responsable del Tratamiento., STM informa a los usuarios que los datos recabados a través de cualesquiera formularios de recogida de datos en el sitio web de STM y/ o en cualquier plataforma en la que STM realice la acción promocional, serán incorporados a un fichero automatizado de datos de carácter personal del que es responsable STM, pudiendo los usuarios ejercitar en todo momento los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad , limitación u oposición sobre sus datos personales, comunicándolo mediante correo electrónico a la dirección de email: info@grupostm.com o por escrito a la dirección de nuestra sede central. Los datos de los participantes serán utilizados por STM, con la finalidad de gestionar su participación en la presente promoción (contactar a los participantes ganadores y transmitir dichos datos a las marcas o empresas colaboradoras, y así poder llevar a cabo la entrega del  premio), llevar a cabo actividades de segmentación con fines meramente estratégicos y de negocio, cumplimentar trámites fiscales, así como remitirle información y ofertas comerciales, tanto por medios ordinarios como electrónicos, sobre nuestros productos y servicios. STM se compromete a utilizar los datos incluidos en el fichero, respetando su confidencialidad y cumpliendo con la obligación de guardarlos y adoptando todas las medidas para evitar la alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, de acuerdo con lo establecido en el Documento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, aprobado por el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio y sus modificaciones. Los usuarios consienten y autorizan expresamente a STM la cesión de sus datos a patrocinadores y a las entidades promotoras y organizadoras. Los datos cedidos a dichas entidades se incluirán en los ficheros de datos de carácter personal, resultando éstas empresas o entidades responsables de dichos ficheros, pudiendo los usuarios dirigirse a ellas para ejercer sus derechos.

  1. Exoneración de responsabilidad

STM, no se hará responsables en ningún caso del mal uso que el ganador pueda hacer del premio, o de las consecuencias o perjuicios que el incumplimiento de las bases por su parte pudiera ocasionar a terceros.

  1. Ley Aplicable y Jurisdicción

Las acciones de promoción, así como las bases que las regulan, están sujetas a la legislación española. Cualquier controversia que de ellas se deriven, y ante la ausencia de acuerdo amistoso, serán competentes los tribunales españoles.

  1. Fiscalidad

A los premios de la presente acción promocional, les serán de aplicación: la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y por la que se modifican parcialmente las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio; el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo, por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil DLM la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta del IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros. En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, STM se hará cargo a su cuenta de las correspondientes retenciones o ingresos a cuenta sobre los premios entregados, y en su momento expedirán la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta. La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho obtenido.